miércoles, 5 de mayo de 2010

Proyecto de Ordenanza por la Adhesión de la Municipalidad de Quilmes al DEC. 312/2010 “SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS”

HCD-O-2-20646


VISTO:

La Ley Nº 22.431 aprobatoria del Sistema Nacional de Protección Integral de los Discapacitados, su Ley modificatoria Nº 25.689 y su decreto reglamentario 312/10 y ;

CONSIDERANDO:

Que los discapacitados son uno de los sectores mas vulnerables de la sociedad.
Que, mediante la Ley Nº 22.431 se establece un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, disponiéndose a través de su artículo 8º modificado por la Ley Nº 25.689, que el Estado Nacional está obligado a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas.

Que, asimismo establece que el porcentaje determinado será de cumplimiento obligatorio para el personal de planta permanente, para los contratados cualquiera sea la modalidad de contratación y para todas aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios.

Que asimismo la norma de referencia establece que, de verificarse tal situación, se considerará que los responsables de los entes incurren en incumplimiento de los deberes de funcionario público, correspondiendo idéntica sanción para los funcionarios de los organismos de regulación y contralor de las empresas privadas concesionarias de servicios públicos.

Que la Municipalidad debe bregar por la inclusión de todos los habitantes en el ámbito laboral.

Que los discapacitados poseen mayores dificultades para encontrar trabajo que la gente que no posee ningún tipo de discapacidad y por lo tanto debe ser ayudada.

Que desde el municipio se debe bregar por una sociedad más justa e inclusiva.

Que el Dec 312/2010 “SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS” en el Cual se reglamenta la Ley Nº 22.431 en su Artículo 11 expresa textualmente:

ARTICULO 11° — Invítase a adherir a las disposiciones del presente Decreto al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, al PODER JUDICIAL DE LA NACION, al MINISTERIO PUBLICO, a los GOBIERNOS PROVINCIALES y al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los respectivos PODERES LEGISLATIVOS y JUDICIALES de las PROVINCIAS y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los GOBIERNOS MUNICIPALES de las PROVINCIAS y a los respectivos CONCEJOS DELIBERANTES u órganos deliberativos municipales.


Por todo lo expuesto, los Concejales abajo firmantes aconsejan la aprobación del siguiente proyecto de:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: ADHIERASE la Municipalidad de Quilmes al DEC. 312/2010 …………………. “SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS”

ARTICULO 2º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a dictar normas y ………………… reglamentos de acuerdo a lo referido en el Articulo 11 del mencionado Decreto.

ARTICULO 3º Comuniquese, Etc.

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